Cambios fiscales en los CFDI´s.
Denominado CFDI Versión 4.0 para el 2022, el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer en la Reforma fiscal para el próximo año algunos cambios que deberán de presentar los comprobantes Fiscales Digitales para una correcta deducibilidad.
Los cambios de la Versión 4.0 para los efectos de la facturación electrónica son los siguientes:
- Incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.
- Incluirá campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías.
- Identificará si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.
- Dentro del concepto, se añade un atributo para indicar si está o no sujeto a impuesto.
- Se sustituye el complemento a cuenta de terceros por un elemento nuevo a nivel de concepto.
- Incorporará nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas.
En el complemento de pagos Versión 2.0 habrá cambios al formato precargado en el sistema, como por ejemplo:
- Se incluye nuevo atributo de Objeto de Impuesto.
- Se elimina el atributo Método Pago en el Documento Relacionado.
- Se adecuan los impuestos a nivel del documento relacionado.
- Inclusión de reglas de validación para los nodos y atributos de los impuestos.
- Se incluye un nuevo elemento: Totales.
Para la cancelación de los CFDI para el 2022 es importante señalar que el contribuyente deberá de justificar y soportar dicha operación tal y como señala el art 29-A del Código fiscal de la Federación. Dado que las autoridades fiscales pueden validar o rechazar tal cancelación.
También debemos de considerar que se agrega al Código Fiscal de la Federación la fracción XLVI del artículo 82 que señala como infracción no cancelar CFDI cuando se hayan emitido comprobantes por error o sin causa o cancelarlos fuera de plazo y fracción XLII que indica que el importe de la multa por cometer la citada infracción es del 5% a un 10% del monto de cada comprobante fiscal.
Respecto al CFDI estos son los cambios que presentara para el siguiente año:

